Jueves 11 Mar 2004

Realiza Campaña a Favor de Víctimas y Sobrevivientes de Segunda Guerra Mundial
Ministerio de Sanidad y Seguridad Social del Japón

Recientemente llegó a nuestra capital, una Comisión del Ministerio de Sanidad y Seguridad del Japón, para sostener una serie de reuniones con funcionarios de la embajada, e instituciones representativas de nuestra colectividad, a fin de informar sobre la campaña en beneficio de las víctimas y sobrevivientes de la Segunda Guerra Mundial.

Los miembros de esta Comisión dieron a conocer que el Estado japonés pagará la pensión de desventaja física y la pensión de sobrevivientes a los militares o civiles al servicio del ejercito que fueron lesionados o fallecieron en servicio. Los casos son estipulados por la ley para la asistencia de víctimas y sobrevivientes de batalla.

En relación con las personas que reciben *Pensión de Asistencia, deberán contestar anualmente la "Encuesta de la calificación de recepción". En caso de fallecimiento del beneficiario, ruega a los parientes notifiquen a la brevedad posible. El heredero del beneficiado (esposa e hijos) que reclama la porción no pagada, deberán presentar directamente al Ministerio de Sanidad y Seguridad Social y de Trabajo los siguientes documentos:

- Solicitud de la pensión no pagada.

- Copia del registro civil que certifica el fallecimiento del beneficiado.

- Certificado de la Pensión de Asistencia.

- Clasificación de los herederos, conyuge, hijos, nietos, padre madre, hermanos, hermanos, sobrinos.

Sobre la declaración de cambio de domicilio, deberán presentar al Ministerio de Sanidad y Seguridad Social y de trabajo los documentos que así lo certiifiquen.

Con respecto a la "Declaración de la pérdida de clasificación", "Declaración de la imposibilidad de restitución del certificado", "Solicitud de pago de la porsión no pagada", "Solicitud de remesas al extranjero", y los "Poderes", deberán llenar los formularios escritos en japonés.